El sistema de financiamiento de la política

19 de septiembre de 2019

Por: Eduardo Escobar (director ejecutivo de Acción Ciudadana)

 

Para iniciar, quiero agradecer a TVX por darme la oportunidad de contribuir con mi opinión a la discusión nacional sobre los temas relacionados al Estado de derecho, la democracia, el combate de la corrupción, la transparencia y el ejercicio de los derechos fundamentales. Iniciaré con un tema trascendental para el sistema democrático: el financiamiento de la política. En esta oportunidad, pretendo establecer el marco conceptual del sistema de financiamiento de la política. Este análisis inicial establecerá los términos del debate sobre el tema y permitirá que en una futura ocasión pueda desarrollarse el caso salvadoreño.

En general, por el sistema de financiamiento de la política la doctrina entiende el conjunto de normas y prácticas que regulan los recursos económicos que ingresan a los partidos políticos. Estos sistemas de financiamiento pueden adoptar diferentes tipos, según su fuente o la temporalidad.

Atendiendo a su fuente, los sistemas de financiamiento pueden ser privados (origen de los recursos proviene de particulares), públicos (origen de los recursos es estatal) o mixtos (combinación de fuentes privadas con pública). Teniendo en consideración su temporalidad, los sistemas de financiamiento pueden ser electorales (recursos solo en época electoral) o permanentes.

Según su origen, el sistema de financiamiento de la política en El Salvador es mixto, pues se alimenta de fuentes privadas y de la pública (deuda política). Según la temporalidad, el componente privado del sistema de financiamiento es permanente; el componente público es estrictamente electoral.

El sistema de financiamiento de la política está integrado por 4 elementos: Control, límites, sanciones y publicidad.

El elemento de control son las normas, instituciones, mecanismos y procedimientos utilizados para auditar y fiscalizar el origen y uso de los recursos de los partidos políticos en tiempos ordinarios y electorales.

El elemento límites se refiere a los distintos topes legales sobre las cantidades máximas de fondos que los particulares pueden aportar, los gastos y las aportaciones que pueden recibir los partidos políticos.

El elemento sanciones es el conjunto de infracciones que conllevan sanciones electorales o económicas para los partidos políticos, funcionarios públicos, y particulares por violentar las normas del financiamiento y las obligaciones de transparencia.

El elemento publicidad hace referencia a los mecanismos y procedimientos de acceso a la información y rendición de cuentas respecto del financiamiento de los partidos políticos.

Los mencionados elementos del sistema de financiamiento deben procurar equidad en la competencia electoral para garantizar igualdad de condiciones en el ejercicio del derecho al sufragio, en sus dos dimensiones, elegir y ser electo; además, buscan procurar altos niveles de transparencia que posibiliten establecer relaciones entre el dinero y la política, verificar el cumplimiento de la ley que regula la materia, prevenir actos de corrupción, evitar la cooptación de las instituciones estatales, así como minimizar la influencia de fuentes de financiamiento que comprometan a los partidos políticos, sus candidatos y los funcionarios electos popularmente.

Los recientes hallazgos de financiamiento irregular o ilícito en campañas electorales de Chile (caso PENTA), Honduras (caso IHSS), Brasil (Odebrecht- PETROBRAS), Argentina (donaciones de concesionarios del Estado), República Dominicana (financiamiento del crimen organizado), México (PEMEXGATE), España (financiamiento con dinero de Venezuela), Guatemala (financiamiento ilegal), entre algunos casos relevantes, hace prioritario retomar la preocupación respecto del origen del dinero que financia a la política.

En la comunidad internacional la discusión ocupa un lugar prioritario en las agendas políticas. La Carta Democrática Interamericana hace énfasis en la necesidad de establecer regímenes de financiamiento equilibrados y transparentes para que los partidos políticos desarrollen sus actividades. La Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción es clara en señalar que los Estados deben aumentar la transparencia respecto de la financiación de candidaturas y partidos políticos.

Bibliografía consultada: “Observando los Sistemas de Financiamiento Político-Electoral: Un Manual para las Misiones de Observación Electoral de la OEA = Observing Political-Electoral Financing Systems: A Manual for OAS Electoral Observation Missions” (OEA documentos oficiales; OEA/Ser.D/XX SG/SAP/III.29) (OAS Official Records Series; OEA/Ser.D/XX SG/SAP/ III.29) ISBN 978-0-8270-6080-7

Por Eduardo Escobar (@esec76) Abogado y miembro de Acción Ciudadana (@CiudadanaAccio1).