Comunicado de prensa

Comunicado de prensa

 

Como organización social promotora de la democracia y el Estado de derecho, ante las recientes discusiones que se han presentado en relación al art. 87 de la Constitución, a la opinión pública EXPRESAMOS:Que el derecho del Pueblo a la insurrección se encuentra plasmado en el art. 87 de la Constitución, siendo una forma institucionalizada de defensa y preservación de la misma Constitución. Es pues, un derecho de resistencia de los pueblos a la opresión, con el ÚNICO OBJETO de reestablecer el orden constitucional alterado, específicamente en lo que concierne a la forma de Gobierno, el sistema político pluralista y democrático.
La única consecuencia legítima del ejercicio de este derecho es la separación de los funcionarios transgresores de la Constitución, a efectos de reemplazarlos en la forma prevista por el ordenamiento jurídico vigente. En esa medida, el ejercicio de este derecho no puede tener como efecto, abolir instituciones propias del sistema político democrático.
Nuestro país no observa una grave alteración al orden constitucional, ni existe alguna ruptura en ese orden, que signifique la imposibilidad de que los mecanismos institucionales vigentes puedan corregir las incorrecciones, desviaciones o arbitrariedades en el ejercicio del poder.
Debe tenerse totalmente claro que la actividad cotidiana de las instituciones políticas en el ejercicio de sus atribuciones y competencias administrativas, judiciales, legislativas o de control político, no son causales habilitantes para ejercer el derecho a la insurrección. Eso es simplemente parte del sistema de frenos y contrapesos inherente en cualquier Estado Democrático de Derecho.
En esa medida, es inaceptable invocar este derecho ante la legítima actividad de control político que ejercen el resto de Órganos de Estado, bajo el pretexto de obstaculización hacia el Órgano Ejecutivo. Cualquier invocación en ese sentido, podría configurar la comisión del delito de Proposición, Conspiración y Apología para cometer Rebelión o Sedición, debido a que implicaría sugerir el cambio o abolición de instituciones constitucionales sin el debido proceso, impedir la reunión legítima de la Asamblea Legislativa u obligarles a resolver en determinado sentido o deponer a algún funcionario de la Administración Pública.
Hacemos un vehemente llamado a la sensatez a todos los sectores de la sociedad, pidiéndoles responsabilidad en sus declaraciones y actuaciones, sobre todo cuando se refieran al sistema político. Preocupémonos por seguir construyendo un verdadero Estado de Derecho.

San Salvador, 5 de octubre de 2019.